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Así es el texto íntegro del acuerdo entre PSOE y ERC para el traspaso de Rodalies a Cataluña

Este es el acuerdo alcanzado entre ambos partidos, que define las condiciones en las que se van a transferir a Cataluña los recursos e infraestructuras destinadas al servicio de Rodalies.

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Ayer se hizo público que, como parte del acuerdo de investidura del candidato a presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, el PSOE y ERC habían acordado el traspaso “integral” de Rodalies.

Esta transferencia, al igual que la llevada a cabo en los años 80 a País Vasco, Cataluña, Valencia y Baleares, incluye el material móvil y la infraestructura. Y añade la financiación.

Si bien en las primeras horas se desconocieron los entresijos del acuerdo, que contemplaba un proceso gradual, se ha publicado el texto íntegro del mismo. Puedes descargarlo en PDF desde este enlace o bien leerlo a continuación:

ACUERDO ENTRE EL PARTIDO SOCIALISTA OBRERO ESPAÑOL Y ESQUERRA REPUBLICANA DE CATALUNYA PARA CULMINAR EL TRASPASO INTEGRAL DEL SERVICIO DE RODALIES Y REGIONALS -RODALIES DE CATALUNYA- A LA GENERALITAT DE CATALUNYA

Los dos partidos reconocen la necesidad de culminar el traspaso integral del servicio de Rodalies y Regionals Rodalies de Catalunya- a la Generalitat de Catalunya, que comenzó en 2009 y 2010.

La Comisión Mixta de Transferencias Administración del Estado-Generalitat de Catalunya (CMT) adoptó sendos acuerdos de traspaso de funciones en materia de servicios de ferrocarril, de 29/12/2009 y 17/11/2010, aprobados respectivamente por el Real Decreto 2034/2009, de 30 de diciembre, sobre traspaso a la Generalitat de Catalunya de las funciones de la Administración General del Estado correspondientes al servicio de transporte de viajeros por ferrocarril de cercanías, y el Real Decreto 1598/2010, de 26 de noviembre, de traspaso a la Generalitat de Catalunya de las funciones de la Administración General del Estado correspondientes a los servicios ferroviarios regionales de transporte de viajeros sobre la red de ancho ibérico de la red ferroviaria de interés general. Los dos acuerdos de traspaso, técnicamente complejos y de especial relevancia práctica para los usuarios de los servicios, fijaron obligaciones que todavía no se han cumplido íntegramente.

De manera paralela al acuerdo de la CMT sobre el traspaso de servicios de ferrocarril de cercanías, otras comisiones paritarias adoptaron importantes acuerdos que terminaron de configurar un marco del traspaso, como la propia Comisión Bilateral Generalitat-Estado y, en particular, la Comisión Mixta de Asuntos Económicos y Fiscales Estado-Generalitat de Catalunya (CMAEF). Por otra parte, se suscribió un Convenio entre la Generalitat y Renfe-Operadora para la dirección y gestión de la prestación del servicio traspasado. A su vez, el Ministerio de Fomento, la Generalitat y el Administrador de Infraestructuras Ferroviarias (ADIF) formalizaron un Acuerdo para el uso de la capacidad de la infraestructura ferroviaria.

A pesar de los acuerdos referidos y por diversas circunstancias, no se ha efectuado la transferencia anual a la Generalitat de los recursos para sufragar el déficit de los servicios traspasados.

Más recientemente, la Comisión Bilateral Generalitat-Estado acordó el 2/8/2021 constituir un grupo de trabajo para dar cumplimiento a las previsiones de la Disposición adicional 154 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de presupuestos generales del Estado para 2021. Dicha disposición prevé que la CMAEF analice y acuerde el procedimiento para hacer efectivas las transferencias de recursos de la Administración General del Estado a la Generalitat relativas a los servicios traspasados en materia de servicios de ferrocarril de cercanías y regionales. El grupo mencionado, responsable de adoptar acuerdos y elevarlos a la CMAEF para que se cumpla la citada disposición, celebró tres reuniones sin llegar a acuerdos.

Así mismo de conformidad con lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 26/2022, de 19 de diciembre de modificación de la Ley del sector ferroviario, el Grupo de trabajo constituido para la consecución de lo establecido en la Disposición adicional 154 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para 2021, debió haber concluído sus trabajos en el plazo de tres meses desde la entrada en vigor de la ley, es decir en marzo de 2023.

De todo lo expuesto, se concluye que varios compromisos pactados que formaban parte de los acuerdos vinculados al traspaso de servicios de cercanías y regionales, aprobados mediante el Real Decreto 2034/2009, de 30 de diciembre y el Real Decreto 1598/2010, de 26 de noviembre, así como lo previsto en la DA 154 de la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, permanecen pendientes.

El transporte público y, en concreto, los servicios de cercanías ferroviarios son unos de los principales elementos de vertebración de cualquier país y elementos de cohesión entre los territorios que lo conforman. Disponer de una red de transporte ferroviario de cercanías es fundamental para garantizar derechos básicos de la ciudadanía, favorecer la cohesión y el dinamismo social y la prosperidad económica de los territorios. Para conseguir estos objetivos, el PSOE y ERC han llegado a los siguientes acuerdos:

ACUERDOS

PRIMERO – Culminar y ampliar el traspaso integral de la Administración General del Estado a la Generalitat de Catalunya, a lo largo de la presente legislatura, del servicio de transporte ferroviario de Rodalies de Catalunya.

SEGUNDO – Con la finalidad de dar cumplimiento a lo establecido en el Acuerdo primero, ambas partes establecen los siguientes acuerdos:

  1. En relación al traspaso de los recursos económicos necesarios para la adecuada gestión de los servicios ferroviarios competencia de la Generalitat de Catalunya se acuerda:
    • A. Traspasar, durante el año 2024, los recursos económicos necesarios asociados al déficit en el que incurre Renfe del año 2023, como operador del servicio, en relación con la prestación del servicio de Rodalies Catalunya. En los años sucesivos una vez vencida la anualidad y durante el primer trimestre de cada año, se realizará el cálculo de déficit y la transferencia de recursos al titular del servicio. Se creará un grupo de trabajo entre MITMA y el Departament de Territori que analizará también las mejoras en los servicios actuales se deben incorporar estableciendo los plazos y los costes a asumir. Entre estos servicios cuyo coste asumirá el Ministerio se encontrarán al menos los servicios de Lleida a Manresa.
    • B. Fijar una fase transitoria de la transferencia de los recursos económicos necesarios, con una duración establecida de mutuo acuerdo antes de la inclusión del traspaso de recursos en el Sistema de Financiación Autonómica.
    • C. Incluir los mecanismos de flexibilización del cálculo para hacer frente a costes extraordinarios en la prestación del servicio.
    • D. Traspasar a la Generalitat los recursos necesarios para sufragar la deuda existente con Renfe relativa a los servicios prestados en el marco del Plan de Acción, que se cifra en 132.723.044 euros, fuera de los servicios acordados en el traspaso. Para ello se determinarán las fórmulas más adecuadas a tal fin, tales como su inclusión en las previsiones en los Presupuestos Generales del Estado u otras con resultados similares. El grupo de trabajo de la cláusula A deberá acordar que parte del coste del actual Plan de Acción debe pasar a formar parte de la financiación ordinaria de los servicios de transporte de Rodalies de Catalunya.
    • E. Asumir, por parte de la Administración General del Estado, los costes derivados de decisiones de dicha administración y, en particular, del incremento de cánones ferroviarios de ADIF de mediados del año 2017. A tal efecto, se analizará la conveniencia de modificar el convenio vigente entre ADIF y el Estado para que dicho incremento se compense a través de aportaciones a esta entidad que se incluyan en los Presupuestos Generales del Estado.
    • F. Establecer mecanismos reglados, vía convenios o acuerdos, o incluir en la transferencia del Apartado A a la Generalitat de Catalunya, las aportaciones para hacer frente a los costes que se puedan derivar de los planes alternativos de transporte que impliquen sobrecostes en servicios de transporte gestionados por esta Administración, cuando el Estado realice obras en la infraestructura ferroviaria que supongan la afectación a servicios ferroviarios, tanto en el marco de las obras programadas como en el caso de situaciones sobrevenidas.
  2. En relación a la prestación de la operación del servicio de Rodalies de Catalunya se acuerda:
    • A. Constituir la empresa mercantil Rodalies Catalunya, con participación mayoritaria de la Generalitat de Catalunya, segregada de Renfe Viajeros, la cual se dotará de los recursos materiales y humanos que hoy son utilizados y necesarios para la prestación de los servicios de Rodalies en Cataluña por parte de Renfe. Esta empresa dispondrá de un consejo de administración de forma paritaria por Generalitat y AGE, y además de estos miembros del Consejo, se nombrará un presidente con voto de calidad, también miembro del consejo, propuesto por la Generalitat. Aquellos acuerdos que sus estatutos establezcan como estratégicos se adoptaran con una mayoría cualificada del consejo. Esta empresa dispondrá de un convenio de colaboración y cooperación con Renfe que asegure la movilidad laboral entre ambas y el mantenimiento de los derechos adquiridos.
    • B. Asignar, en el marco del acuerdo de capacidad, los surcos necesarios para la prestación de los servicios que la Generalitat de Catalunya establezca en Rodalies Catalunya y dar cumplimento efectivo al acuerdo para la utilización de la capacidad de la infraestructura ferroviaria de Rodalies de Barcelona del 8/2/2010 y a su adenda 23/12/2010. Preferentemente se priorizarán los surcos de Rodalies de Catalunya frente al resto de servicios usuarios de la red. Además, se establecerán mecanismos técnicos que permitan que la Generalitat pueda visualizar de forma dinámica y disponer de los datos el estado de la circulación en toda la red de Rodalies de Catalunya para poder conocer la ubicación de los trenes e incidencias en tiempo real.
  3. En relación a las infraestructuras ferroviarias necesarias para la prestación del servicio a la Generalitat de Catalunya, se acuerda:
    • A. Que el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana traspasará a la Generalitat de Catalunya la titularidad de la infraestructura ferroviaria en la que los servicios prestados sean de forma exclusiva titularidad de la Generalitat y puedan excluirse de la explotación conjunta del resto de la Red Ferroviaria de Interés General. Entre los tramos de infraestructura que serán objeto de traspaso, se incluirán al menos la línea del Maresme de la R1, la línea Papiol – Vic – Puigcerdà de la R3 y la línea Sant Vicenç de Calders Barcelona de la línea R2.
    • B. Para llevar a efecto este traspaso se constituirá una Comisión Generalitat – Administración General del Estado que determine la adecuación o despliegue del marco normativo para hacerlo posible, y las condiciones económicas asociadas al mismo en términos de: La definición de activos infraestructurales y operativos a traspasar, las inversiones infraestructurales necesarias, los recursos económicos asociados a la renovación de activos traspasados, las necesidades económicas para cubrir el mantenimiento, así como los necesarios acuerdos que aseguren la gestión y control de la circulación ferroviaria y la garantía del cumplimiento de las normas de seguridad ferroviaria. Para determinar los tramos a traspasar, se incluirá en el análisis toda la red ferroviaria en Catalunya sin excluir ningún tramo, con el propósito de valorar también posibles traspasos futuros de tramos distintos a los del apartado A.
    • C. Definir los estándares de calidad en la prestación y el mantenimiento de las infraestructuras ferroviarias, y la manera que dichos estándares serán incluidos en la repercusión de los cánones ferroviarios, mediante un convenio entre ADIF y la Generalitat de Catalunya que permita establecer criterios objetivos compartidos de seguimiento y control.
    • D. Crear, durante el primer semestre del 2024, un organismo de seguimiento y participación en la ejecución del Pla de Rodalies, así como de su actualización, en el que participe ADIF, MITMA y Generalitat de Catalunya que permita compartir el desarrollo de las actuaciones y proyectos del Plan, así como determinar las prioridades de las actuaciones a impulsar.
    • E. En el marco del organismo establecido en el apartado anterior, adoptar una determinación, priorización y calendarización anual de las actuaciones e inversiones infraestructurales previstas en el Pla deRodalies de Catalunya, así como de otras actuaciones que resulten necesarias para la reposición de activos y mejora de las prestaciones de la infraestructura, en términos de capacidad, funcionalidad o calidad, a establecer de forma coordinada entre el Ministerio de Fomento, ADIF y la Generalitat de Catalunya. Y que será objeto de un compromiso vinculante de inversión para cada una de las anualidades que incluya una cláusula económica de garantía.
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